1. Abrogar la Ley de Seguridad Interior.
2. Retirar a las fuerzas armadas de actividades correspondientes a las instituciones civiles de seguridad pública.
3. Retirar a las fuerzas armadas de actividades correspondientes a las instituciones civiles de salud pública mediante la terminación del programa Súmate ENFA.
4. Retirar a las fuerzas armadas de toda actividad relacionada con la política de drogas: erradicación de cultivos, intercepción aérea y terrestre, investigación de grupos dedicados a la producción, tráfico y trasiego ilícitos de sustancias, etc.
5. En el caso del resguardo de cultivos, evaluar la necesidad de la medida respeta la opinión de campesinos, evitando la posible revictimización de las comunidades y asegurando que, en caso de requerirse, las formas de resguardo garanticen el respeto a los derechos humanos.
1. Modificar el artículo 235 de la Ley General de Salud para eliminar las palabras “adquisición”, “posesión”, “suministro”, “empleo”, “uso” y “consumo”.
2. Modificar la tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato contenida en el artículo 479 de la Ley General de Salud para adecuar los montos a las condiciones reales del uso.
1. Descriminalizar el cultivo de cannabis para uso personal;
2. Establecer mecanismos de cultivo colectivo para uso personal;
3. Regular la comercialización del cannabis de manera que se proteja la industria nacional y se evite el surgimiento de monopolios;
4. Impulsar la economía del campo y el emprendimiento en el mercado emergente de cannabis mediante programas focalizados de beneficios fiscales y sociales.
1. Diseñar y ejecutar un proyecto piloto en algunas zonas productoras de amapola en Guerrero para cultivar amapola con fines medicinales a nivel nacional.
2. Retomar los documentos e iniciativas legislativas que se han presentado en esta materia para proponer un modelo regulatorio nacional.
3. Reconocer los alcances y limitaciones de la propuesta de regulación de cultivos de amapola para fines medicinales teniendo en cuenta otras experiencias internacionales en esta materia.
1. Reconocer que el uso de plantas psicoactivas en México es un fenómeno ancestral que ha formado parte de las prácticas culturales de comunidades indígenas en el pasado y en el presente.
2. Reconocer también que el territorio donde son endémicas se caracteriza por ser una de las zonas con más especies psicoactivas en todo el mundo, las cuales forman parte de nuestro patrimonio biológico, histórico y cultural.
3. Homologar la Ley General de Salud con la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo, “Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes”, suscrita por México en 1990 (DOF, SRE, 03/08/1990), que fomenta el respeto a las prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales de pueblos indígenas, entre estas el uso de especies psicoactivas.
1. Las políticas de salud en materia de consumo de drogas se deben fundamentar en los lineamientos de salud mínimos, existentes y emergentes.
2. Para lo anterior es necesario que todas las instituciones y personas encargadas de trabajar en la educación, reducción de daños y el tratamiento del uso problemático de sustancias estén capacitadas y sensibilizadas para realizar estos trabajos a fin de garantizar que no se reproduzcan conductas tutelares, estigmatizadoras y discriminatorias.
3. Garantizar el acceso a tratamiento voluntario, laico, gratuito y respetuoso de los derechos humanos a las personas usuarias de drogas que determinen que lo requieren.
4. Incluir la implementación de programas y políticas de reducción de daños en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Salud.
5. Fomentar la investigación nacional en materia de las sustancias catalogadas como “estupefacientes” en la Ley General de Salud.
1. Derogar el sistema penal del enemigo fortalecido para el combate al crimen organizado;
2. Hacer efectiva la prohibición absoluta de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, de las detenciones arbitrarias, de la detención para investigar (arraigo), de la prisión preventiva oficiosa por tipo de delito, de la fabricación de culpables (presentación en medios de comunicación a personas detenidas), de los obstáculos al acceso a la justicia y del uso arbitrario de la fuerza;
3. Establecer mecanismos de transparencia de los sistemas de justicia que incluya el registro de personas detenidas, procedimientos obligatorios claros para policías y operadores del sistema de justicia que den garantía de respeto a los derechos de las personas detenidas, así como visitas de control de instancias públicas y de la sociedad civil.