El modelo prohibicionista punitivo y de mano dura implementado desde hace décadas y endurecido a partir del 2006 en nuestro país -mediante la militarización de la seguridad pública, la instalación de un régimen penal del enemigo y la criminalización de las personas que se relacionan con las drogas desde el cultivo hasta el consumo- ha devenido en una crisis de derechos humanos en nuestro país. Reformular la política de drogas, desde el ámbito de seguridad hasta el de salud, resulta fundamental para garantizar la no repetición de violaciones a los derechos humanos. En este sentido la Coalición #RegulaciónPorLaPaz considera necesarias las siguientes acciones.

1. Abrogar la Ley de Seguridad Interior.

2. Retirar a las fuerzas armadas de actividades correspondientes a las instituciones civiles de seguridad pública.

3. Retirar a las fuerzas armadas de actividades correspondientes a las instituciones civiles de salud pública mediante la terminación del programa Súmate ENFA.

4. Retirar a las fuerzas armadas de toda actividad relacionada con la política de drogas: erradicación de cultivos, intercepción aérea y terrestre, investigación de grupos dedicados a la producción, tráfico y trasiego ilícitos de sustancias, etc.

5. En el caso del resguardo de cultivos, evaluar la necesidad de la medida respeta la opinión de campesinos, evitando la posible revictimización de las comunidades y asegurando que, en caso de requerirse, las formas de resguardo garanticen el respeto a los derechos humanos.

1. Modificar el artículo 235 de la Ley General de Salud para eliminar las palabras “adquisición”, “posesión”, “suministro”, “empleo”, “uso” y “consumo”.

2. Modificar la tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato contenida en el artículo 479 de la Ley General de Salud para adecuar los montos a las condiciones reales del uso.

1. Descriminalizar el cultivo de cannabis para uso personal;

2. Establecer mecanismos de cultivo colectivo para uso personal;

3. Regular la comercialización del cannabis de manera que se proteja la industria nacional y se evite el surgimiento de monopolios;

4. Impulsar la economía del campo y el emprendimiento en el mercado emergente de cannabis mediante programas focalizados de beneficios fiscales y sociales.

1. Diseñar y ejecutar un proyecto piloto en algunas zonas productoras de amapola en Guerrero para cultivar amapola con fines medicinales a nivel nacional.

  • Incluir en el proceso de elaboración e implementación del proyecto piloto para regular la producción de amapola con fines medicinales a las organizaciones productoras de esta planta en Guerrero que desde hace varios años han venido presentando propuestas y ejecutando sus propios proyectos para hacer frente a las consecuencias negativas de la prohibición de los cultivos de amapola en sus territorios.
  • En particular, aprovechar el liderazgo y las propuestas de La Unión de Comisarios por la Paz, Seguridad y Desarrollo de la Sierra de Guerrero. Esta organización reúne varias comunidades de la Sierra de Guerrero donde se produce amapola y no sólo han participado de manera activa en el debate sobre la necesidad de la regulación de su cultivo para fines medicinales, sino que además han hecho otras propuestas de sustitución de cultivos que contemplen la necesidad de que se les brinde oportunidades para desarrollar otras actividades productivas que pueden ir desde la comercialización de otros productos, hasta proyectos ecoturísticos.
  • Evaluar la necesidad de resguardar los cultivos respetando la opinión de campesinos, evitando la posible revictimización de las comunidades y asegurando que, en caso de requerirse, las formas de resguardo garanticen el respeto a los derechos humanos.

2. Retomar los documentos e iniciativas legislativas que se han presentado en esta materia para proponer un modelo regulatorio nacional.

3. Reconocer los alcances y limitaciones de la propuesta de regulación de cultivos de amapola para fines medicinales teniendo en cuenta otras experiencias internacionales en esta materia.

  • Este proyecto debe ir acompañado de un esfuerzo estatal por aumentar su presencia en las zonas productoras mediante inversión social y en infraestructura, lo cual puede servir de base para otros proyectos de sustitución de cultivos en la medida que puede hacer rentable la producción de otros cultivos o proyectos.
  • Garantizar que la producción de amapola quede a cargo de cooperativas de productores asociados con el Estado, para evitar que el negocio y las ganancias queden en manos de empresas farmacéuticas o de otro tipo de inversionistas dejando a los productores en las mismas o peores condiciones económicas y sociales.
  • Reconocer cuáles son los principales desafíos de una política de regulación de la producción de amapola con fines medicinales frente al desvío de parte de la producción legal al mercado ilegal y frente a la persistencia del tráfico de drogas ilegalizadas.

1. Reconocer que el uso de plantas psicoactivas en México es un fenómeno ancestral que ha formado parte de las prácticas culturales de comunidades indígenas en el pasado y en el presente.

2. Reconocer también que el territorio donde son endémicas se caracteriza por ser una de las zonas con más especies psicoactivas en todo el mundo, las cuales forman parte de nuestro patrimonio biológico, histórico y cultural.

3. Homologar la Ley General de Salud con la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo, “Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes”, suscrita por México en 1990 (DOF, SRE, 03/08/1990), que fomenta el respeto a las prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales de pueblos indígenas, entre estas el uso de especies psicoactivas.

  • Modificar el artículo 245 de la Ley General de Salud para eliminar del grupo uno de sustancias psicotrópicas “que tienen valor terapéutico escaso o nulo y que, por ser susceptibles de uso indebido o abuso, constituyen un problema especialmente grave para la salud pública” al peyote (Lophophora Williams II; Anhalonium Williams II; Anhalonium Lewin II) y su substancia activa la mezcalina, y la psilocibina contenida en los hongos alucinantes, “de cualquier variedad botanica, en especial las especies psilocybe Mexicana, stopharia cubensis y conocybe”.

1. Las políticas de salud en materia de consumo de drogas se deben fundamentar en los lineamientos de salud mínimos, existentes y emergentes.

2. Para lo anterior es necesario que todas las instituciones y personas encargadas de trabajar en la educación, reducción de daños y el tratamiento del uso problemático de sustancias estén capacitadas y sensibilizadas para realizar estos trabajos a fin de garantizar que no se reproduzcan conductas tutelares, estigmatizadoras y discriminatorias.

3. Garantizar el acceso a tratamiento voluntario, laico, gratuito y respetuoso de los derechos humanos a las personas usuarias de drogas que determinen que lo requieren.

  • No todas las personas usuarias de drogas necesitan tratamiento. Solamente la persona usuaria de drogas, con asesoría de una persona experta en salud capacitada en estrategias de reducción de riesgos y daños, podrá determinar el tipo de uso que tiene y así establecer la posible gravedad de su consumo para una posible intervención.
  • Los tratamientos por uso de drogas, cuando sean problemáticos, deben ser siempre voluntarios, gratuitos, laicos y de acceso universal, así mismo deben regirse bajo estrictos controles de los sistemas de salud públicos.
  • Se deberá contemplar la implementación de programas para la atención diferenciada de poblaciones en situación de vulnerabilidad, los cuales deberán atender su diversidad, multiculturalidad, condición de género y edad, así como respetar sus derechos económicos, sociales y culturales.
  • Garantizar la existencia de centros de tratamiento exclusivos para mujeres, que tomen en cuenta sus historias de violencia de género, sus necesidades de salud sexual y reproductiva y las responsabilidades de cuidado.
  • Los tratamientos para uso problemático de sustancias no deben concentrarse únicamente en la abstinencia. Los objetivos de cada tratamiento deben ser establecidos por la persona usuaria de drogas con asesoría de una persona experta en salud capacitada en estrategias de reducción de riesgos y daños.
  • Las instancias competentes deben hacer una efectiva supervisión de los centros públicos y privados que proveen tratamiento para el uso problemático de drogas, con especial énfasis en aquellos que ofrecen internamiento, para garantizar el cumplimiento de la normatividad pertinente y del respeto a los derechos humanos.
  • Las instituciones públicas que ofrecen servicios de tratamiento para uso problemático de drogas deben tener el presupuesto y personal capacitado necesario, así como llevar un registro claro de las personas que ingresan. Se debe garantizar el acceso a los distintos modelos de servicios de tratamiento de modo que responda a las necesidades de cada persona.
  • Se debe medir la efectividad de los servicios de tratamiento vigentes mediante evaluaciones periódicas y objetivas.

4. Incluir la implementación de programas y políticas de reducción de daños en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Salud.

  • Las políticas y programas de salud en materia de drogas no deben limitarse a la prevención y el tratamiento, sino que deben priorizar políticas públicas de reducción de daños como un conjunto de intervenciones basadas en la evidencia y respetuosas de derechos humanos
  • Modificar el nombre y ampliar el mandato de instituciones como el CONADIC y los institutos locales para que no se enfoquen únicamente en adicciones, incluyan reducción de daños (establecido en la ley desde 2009) y reconozcan el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
  • Crear direcciones para la coordinación de programas nacionales de reducción de daños dentro de las instancias donde ya se contemplan política y programáticamente tales programas como CENSIDA y CONADIC.
  • Establecer protocolos de atención integral a la salud dirigidos a personas que usan drogas
  • Sensibilizar y capacitar al personal de salud en derechos humanos de personas que usan drogas y reducción de daños
  • Establecer programas de reducción de daños que aborden las particularidades del uso de cada sustancia, con particular énfasis en estimulantes, inyectables e inhalables.
  • Promover programas y servicios de reducción de daños en cárceles.

5. Fomentar la investigación nacional en materia de las sustancias catalogadas como “estupefacientes” en la Ley General de Salud.

  • Replantear la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco para que recabe información sobre las diversas sustancias, los variados modos y motivos de utilización de las drogas, su frecuencia, cantidad, combinación, entre otros. Debe contemplar la recolección de información de poblaciones en situación de vulnerabilidad. También debe incluir información sobre el impacto de los diversos programas de prevención y tratamiento, considerando las relaciones de las personas usuarias con las autoridades y los centros de salud.
  • Hacer investigación tanto sobre las sustancias catalogadas como estupefacientes en la Ley General de Salud, en particular sobre sus efectos en la salud integral y posibles usos medicinales y terapéuticos en las universidades, hospitales y centros de investigación públicos del país, como para evaluar la efectividad de las intervenciones policiales como parte central de la política de drogas nacional, así como su impacto en el respeto a los derechos humanos y en las condiciones de poblaciones en situación de vulnerabilidad.

1. Derogar el sistema penal del enemigo fortalecido para el combate al crimen organizado;

2. Hacer efectiva la prohibición absoluta de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, de las detenciones arbitrarias, de la detención para investigar (arraigo), de la prisión preventiva oficiosa por tipo de delito, de la fabricación de culpables (presentación en medios de comunicación a personas detenidas), de los obstáculos al acceso a la justicia y del uso arbitrario de la fuerza;

3. Establecer mecanismos de transparencia de los sistemas de justicia que incluya el registro de personas detenidas, procedimientos obligatorios claros para policías y operadores del sistema de justicia que den garantía de respeto a los derechos de las personas detenidas, así como visitas de control de instancias públicas y de la sociedad civil.